06 de Febrero del 2016
¿VÍCTIMA DE DICOM? QUÉ HACER
el art. 61 de la ley de bancos, expresa lo siguiente:
sistema de información
art. 61.- la superintendencia mantendrá un servicio de información de crédito sobre los usuarios de las instituciones integrantes del sistema financiero, con el objeto de facilitar a las mismas la evaluación de riesgos de sus operaciones, el cual podrá ser delegado en una entidad privada.
los bancos y demás in...